Victoria judicial de los educadores físicodeportivos

fitnessEl Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia favorable a los educadores físico deportivos en la que avala sus competencias profesionales en ejercicio físico orientado a la salud, con énfasis en poblaciones de carácter especial, y en grupo o equipos con lesiones o patologías, ante una demanda interpuesta por el Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España contra las competencias de grado universitario CAFyD ante el Ministerio de Universidades.

Los profesionales expertos en ejercicio físico son aquellos con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte

El Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo Colef), la Conferencia de Decanos de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, la Asociación Española de Ciencias del Deporte, la Comisión Promotora de la Academia de las Ciencias de la Actividad Física y del Deporte y la Asamblea Nacional de Estudiantes de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte han publicado un comunicado conjunto en el que notifican que la Justicia avala las competencias del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte en relación con el ejercicio físico orientado a la salud. Además, estas instituciones expresan en dicho documento, de forma clara y contundente, que las personas profesionales expertas en ejercicio físico son aquellas con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte a través de la aplicación de las competencias adquiridas en su formación, que les permiten graduar el ejercicio físico en función del estado de salud de cada persona.

Conocimientos limitados pero suficientes para poder graduar el ejercicio en función del estado de salud de la persona

fitness y práctica deportivaLa sentencia señala que lo que hacen los profesionales con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte no es «facilitar una terapia a terceros sino de tener conocimientos por supuesto limitados pero suficientes para poder graduar el ejercicio en función del estado de salud de la persona, lo que resulta exigible a un profesional de este carácter (CAFD)». Es decir, que las competencias que se detallan en la Resolución del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte no tienen como objeto la arrogación de competencias del personal sanitario, «sino la adquisición de conocimientos técnicos en relación con la protección a la salud, en la que indudablemente tiene afectación la educación y actividad física y el deporte».

Por último, las entidades firmantes hacen un llamamiento al respeto entre profesiones y profesionales, sin olvidar que el ejercicio físico no tiene apellidos y que la sociedad debe comprender que los máximos expertos en su análisis, diagnóstico, planificación, ejecución, control y evaluación son las y los profesionales con titulación universitaria en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.

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