Asociaciones de retail alertan que la normativa solo beneficia a los grandes tenedores

Las empresas de retail se sienten totalmente desprotegidas y desamparadas ante la supuesta normativa de ayuda al sector, que solo va dirigida a pymes y autónomos y deja fuera a la mayoría de las compañías de comercio, restauración y servicios organizados, que tienen más de 250 trabajadores en plantilla.

Se requiere una reducción del 75% del negocio

Para poder optar a esta ayuda, además, la normativa exige que la actividad del local haya estado suspendida o que se haya reducido la actividad en un 75% con relación al mismo mes del año anterior, dejando fuera a empresas (de nuevo solo pymes y autónomos) que hayan facturado por ejemplo un 70% menos.

Esta nueva normativa sobre la renta de los locales comerciales lejos de compensar el cierre y las restricciones de actividad del sector solo beneficia a los grandes tenedores (propietarios de más 10 de inmuebles o superficie alquilada superior a 1.500 metros cuadrados).

Ventajas a los grandes tenedores y dejando a su arbitrio escoger la opción de pago del arrendatario

los centros comerciales del futuroEl sector muestra su indignación ante una normativa que, en lugar de inyectar ayudas directas, se reduce a sentar las bases para un pacto entre las partes (arrendador y arrendatario) otorgando ventajas a los grandes tenedores y dejando a su arbitrio poder escoger la opción de pago del arrendatario: reducción de la renta al 50% hasta 4 meses después de finalizar el estado de alarma o pagar íntegramente la renta pero aplazar su devengo de forma que se empiece a pagar una vez finalizado el plazo de 4 meses después de acabar el estado de alarma y durante un máximo de 2 años.

En el caso de centros comerciales, además, los gastos de comunidad o de mantenimiento se tienen que seguir pagando normalmente y no quedan afectados por la nueva norma.

Atención a la normativa catalana

Por todo ello, Comertia, Amicca y Eurelia piden al gobierno que en la normativa se aplique el 50% de reducción de las rentas para todas aquellas empresas que tienen alquilado un establecimiento a grandes tenedores, como se ha a aplicado por RDL 34/2020 en Cataluña, de la cual pueden beneficiarse todos aquellos puntos de venta que han permanecido cerrados durante la pandemia.

Dada la actual situación de incertidumbre e inestabilidad, las tres entidades consideran que la medida más equitativa sería aquella que permitiera ajustar un alquiler variable en función de las ventas. 

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