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Las medidas de higiene y aforo que no puede obviar el retail de deporte

medidas de higiene y de aforo ante el coronavirusCon la entrada en la Fase 1, los comerciantes pueden volver a abrir sus puntos de venta de hasta 400 metros cuadrados de superficie. No obstante, hay que observar una serie de medidas para evitar la propagación del coronavirus. Unas medidas que hacen referencia tanto a la higiene como al aforo de las tiendas.

Días atrás nos hacíamos eco de algunos aspectos a observar. A ellos, habría que añadir las siguientes obligaciones:

Medidas de higiene en el interior de los locales comerciales 

• 1. El cliente permanecerá en el punto de venta el tiempo estrictamente necesario.

• 2. En establecimientos donde sea posible la atención a más de un cliente al mismo tiempo, debe señalarse con marcas la distancia de seguridad de dos metros.

• 3. Debe haber a disposición del público geles hidroalcohólicos.

decisiones de compra en la tienda y en el retail• 4. En establecimientos con autoservicio debe prestar el servicio un trabajador, para evitar la manipulación directa de los productos por parte de los clientes.

• 5. Se prohíben los “productos de prueba”.

• 6. En los establecimientos del sector textil y de arreglo de ropa los probadores se utilizarán por una sola persona y después de cada uso se limpiarán y desinfectarán.

• 7. Si el cliente se prueba una prenda y no la compra, ésta debe ser higienizada.

Medidas de aforo

• 1. Debe exponerse al público el aforo máximo de cada local y asegurar que dicho aforo, así como la distancia de seguridad interpersonal de dos metros, se respeta en su interior.

• 2. Se deben establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo, de forma que éste no sea superado en ningún momento, y que deberá incluir a los propios trabajadores.

cómo debe afrontar el retail la etapa postcoronavirus• 3. La organización de la circulación de personas y la distribución de espacios deberá modificarse, cuando sea necesario, con el objetivo de garantizar la posibilidad de mantener las distancias de seguridad interpersonal exigidas en cada momento por el ministerio de Sanidad.

• 4. Preferiblemente, siempre que un local disponga de dos o más puertas, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida, reduciendo así el riesgo de formación de aglomeraciones.

• 5. En los establecimientos y locales comerciales que dispongan de aparcamientos propios para sus empleados y clientes, cuando el acceso a las instalaciones, los lectores de tickets y tarjetas de empleados no pudiera realizarse de manera automática sin contacto, éste será sustituido por un control manual y continuo por parte del personal de seguridad, Este personal también supervisará que se cumple con las normas de llegada y salida escalonada de los empleados a y desde su puesto de trabajo, según los turnos establecidos por el centro.

• 6. Las puertas que se encuentren en el recorrido entre el parking y el acceso a tienda o los vestuarios de los empleados permanecerán abiertas para evitar la manipulación de los mecanismos de apertura.

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