La Comisión de Cultura y Deporte del Congreso de los Diputados ha debatido y votado la ‘Proposición no de ley relativa a la urgente necesidad de declarar la actividad física y deporte como actividad esencial tras la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19’ (Núm.Exp. 161/001821), resultando finalmente aprobada por 25 votos a favor y 12 abstenciones.
La PNL, registrada el 11 de diciembre de 2020 por el Grupo Parlamentario Popular, ha suscitado controversia entre los diferentes partidos, como se pudo comprobar en el debate de la Moción similar debatida y votada el pasado martes 16 de febrero en el Senado. En esta ocasión, las negociaciones entre el Grupo Parlamentario Socialista y los Populares, con el fin de integrar una enmienda transaccional que modifica en algunos puntos el texto, han sido fructíferas, dando como resultado el apoyo del PSOE sobre la iniciativa propuesta por el PP. El texto finalmente aprobado ha sido el siguiente:
Siempre que las circunstancias sanitarias lo aconsejen
«En el marco de una declaración de estado de alarma como consecuencia de una emergencia sanitaria, siempre que las circunstancias sanitarias lo aconsejen, valorar con el resto de autoridades competentes si las hubiere:
a) El reconocimiento, de la Actividad Física y Deporte como “Actividad Esencial” por ser y tener un claro beneficio para la salud de las personas que lo practican, haciendo énfasis en su esencialidad desde el contexto de la pandemia sanitaria del COVID-19, dentro del marco de la declaración de la actividad física y el deporte como una cuestión de interés general, aprobada el pasado mes de octubre en la Comisión de Cultura y Deporte del Congreso de los Diputados.
b) Adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección y continuidad de los servicios profesionales prestados en el ámbito de la práctica de la actividad física y deportiva y dirigidos al conjunto de la sociedad.
c) Garantizar a las personas que requieran una especial atención, por razón de la edad, capacidad física o psíquica, o patologías, que sigan recibiendo los servicios de ejercicio físico prestados por personal con cualificación en actividad física y deporte.
d) Expedir certificados para la práctica físico-deportiva supervisada por personal con cualificación en ejercicio físico y deporte, para los casos en que sea necesario acreditar el desplazamiento de las personas que practiquen la actividad física y deporte.
e) Este reconocimiento se verá solamente alterado de manera excepcional cuando las circunstancias sanitarias lo hagan necesario e imprescindible».
Manifiesto elaborado y publicado por el Consejo Colef
A pesar del apoyo mayoritario de los diputados de la Comisión, y agradeciendo la aprobación de esta PNL basada en el Manifiesto elaborado y publicado por el Consejo Colef en el pasado mes de noviembre, tras escuchar algunas intervenciones, el propio Consejo desea recordar que:
- Las políticas públicas deben preocuparse de la práctica físico-deportiva de la ciudadanía, más allá de la realizada en el ámbito federado, pues de otra manera solo se estaría protegiendo al 8% de la población.
- La actividad físico-deportiva es beneficiosa para la salud siempre que ésta sea realizada en ciertas condiciones y concurriendo determinados factores, los cuales podrán determinar que la misma sea potencialmente beneficiosa para la salud o bien, potencialmente perjudicial.
- Está demostrado científicamente que la práctica físico-deportiva no supervisada es menos efectiva que aquella supervisada por profesionales cualificados/as (Mazzetti y cols., 2000; Storer y cols., 2014; Lacroix y cols., 2016; Fennell, Peroutky y Glickman, 2016).
- La supervisión en la práctica físico-deportiva juega un papel fundamental para reducir el riesgo de lesiones (Faigenbaum y Myer, 2010; Gray y Finch, 2015).
Facilitar espacios públicos al aire libre a todas las entidades y profesionales
Por otra parte, el Consejo Colef confía que esta iniciativa cobre la relevancia que se merece y que sirva para que tanto el Gobierno de España como los diferentes Gobiernos autonómicos ofrezcan alternativas al cierre de instalaciones, como las que el propio Consejo Colef propone, facilitando espacios públicos al aire libre a todas las entidades y profesionales para que sigan prestando sus servicios, o expidiendo certificados a las personas que necesiten desplazarse para la práctica físico-deportiva, especialmente a aquellas para las que los programas de ejercicio físico sea una herramienta coadyuvante a los tratamientos de carácter sanitario.
La aprobación de la Proposición no de Ley se ha producido poco después, también, que la Fedme (Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada) hubiera emitido un manifiesto en la que exponía su posición y su deseo de sumarse a las reclamaciones que se están llevando a cabo desde diferentes instituciones y grupos parlamentarios para la inclusión de la actividad física y el deporte en la lista de actividades consideradas esenciales.
En este sentido, la Fedme exponía:
Primero. Recordar, como lo ha hecho el Consejo General de la Educación Física y Deportiva (Consejo COLEF), que los poderes públicos tienen la obligación de fomentar la práctica de la educación física y el deporte, tal y como establecen el art. 43.3 de la Constitución, la Carta Internacional de la UNESCO (15) y el Libro Blanco del Deporte de la Comisión Europea (2007).
Segundo. Un estilo de vida saludable, donde la forma física es uno de sus componentes fundamentales, ha demostrado ser el principal y más eficiente contribuidor para una potencial reducción de la mortalidad. La falta de forma física en la población está considerada un grave problema de salud.
Tercero. La actividad física ha demostrado especialmente ser útil para reducir la mortalidad prematura de cualquier causa, la cardiopatía isquémica, la enfermedad cerebrovascular, la hipertensión arterial, el cáncer de colon y de mama, la diabetes tipo 2, el síndrome metabólico, la obesidad, la osteoporosis, la sarcopenia, la dependencia funcional y las caídas en ancianos, el deterioro cognitivo y la depresión. No podemos dejar de recordar, además, que el entrenamiento físico moderado se asocia con una disminución del riesgo de adquirir enfermedades infecciosas, incluidas las del tracto respiratorio, y también con una mejoría de la respuesta inmunitaria.
Cuarto. Estos beneficios anteriormente citados son perfectamente extrapolables a las actividades de montaña, ya que los deportes de montaña desarrollan los principales componentes de la forma física (resistencia, fuerza, flexibilidad, equilibrio). Además, las actividades realizadas en el medio natural aportan otros valores importantes añadidos como el desarrollo de la resiliencia «facilidad de adaptación a las variaciones del ambiente y de las situaciones» y, como sugieren algunas evidencias, también aportan un mayor efecto positivo en el bienestar mental por realizarse estas actividades al aire libre comparado con deportes realizados en el interior.
Quinto. Una vez revisada la literatura científica, la realización de educación física, actividad física y deporte han demostrado tener un riesgo de contagio por SARS-COV2 muy bajo, siendo este riego prácticamente inexistente en los deportes de montaña como informa la UIAA (International Climbing and Mountaineering Federation).
Sexto. Después de los confinamientos se ha constatado un aumento significativo de los accidentes en montaña según las estadísticas oficiales de distintos grupos de rescate, evidenciando que los periodos de confinamiento e inactividad física de la población conllevan a un problema de seguridad posterior en las actividades de montaña.
Por todos estos motivos, instamos a los poderes públicos a que fomenten las actividades deportivas y solicitamos que se incluya la actividad física y el deporte en la lista de actividades consideradas esenciales para salud y el bienestar de la población.